Las cláusulas que figuran a continuación son utilizadas por entidades deportivas internacionales y nacionales que asignan al TAS la autoridad judicial para resolver sus controversias deportivas.

Están diseñadas para ser insertadas en estatutos o reglamentos.  

Procedimiento de arbitraje ordinario

1. Cláusula arbitral para incluir en un contrato


«Toda controversia derivada de o en relación con el presente contrato se someterá exclusivamente al Tribunal Arbitral del Deporte de Lausana, Suiza, y se resolverá definitivamente de conformidad con el Código de arbitraje deportivo.»

Precisiones opcionales
«La Formación estará compuesta por uno [o de tres] árbitros(s).»
«El idioma en el que se desarrollará el arbitraje será el...» 


2. Acuerdo de arbitraje alcanzado una vez que ha surgido la controversia



1.    [Breve descripción de la controversia]
2.    «La controversia se someterá exclusivamente al Tribunal Arbitral del Deporte de Lausana, Suiza, y se resolverá definitivamente de conformidad con el Código de arbitraje deportivo.»
3.    Alternativa 1

La Formación constituida por el Tribunal Arbitral del Deporte estará formada por un árbitro único designado por el/la Presidente de la Cámara del TAS correspondiente.

Alternativa 2
La Formación constituida por el Tribunal Arbitral del Deporte estará formada por tres árbitros. Cada una de las partes designará el siguiente árbitro:

•    Parte demandante: D./Dña. ... [Introduzca el nombre de una persona que figure en la lista de árbitros del TAS (véase el Anexo I)];
•    Parte demandada: D./Dña. ... [Introduzca el nombre de una persona que figure en la lista de árbitros del TAS (véase el Anexo I)];

Estos dos árbitros designarán al/a la Presidente/a de la Formación en un plazo de 30 días tras la firma del presente acuerdo. En ausencia de acuerdo dentro de dicho plazo, el/la Presidente/a de la Cámara nombrará al Presidente de la Formación.

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